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Preguntas frecuentes sobre el impuesto especial a vehículos motorizados de Rhode Island

Todos los vehículos motorizados matriculados a su nombre serán gravados cada año por la ciudad o el pueblo que usted haya indicado en el Registro de Vehículos Motorizados en el que se matriculará el vehículo. Este impuesto se denomina Impuesto especial sobre vehículos motorizados y se aplica de conformidad con el Título 44, Capítulo 34 de las Leyes Generales del Estado de Rhode Island.

¿Cómo se aplica este impuesto?

Los vehículos motorizados se gravan el año siguiente al de matriculación. Por ejemplo, un vehículo motorizado matriculado a su nombre en cualquier periodo del año 2020 se grava en el año 2021.

No he sido propietario del vehículo durante todo el año, ¿sigo tributando?

El impuesto se prorratea en función del número de días que el vehículo haya estado matriculado cada año. Por ejemplo, si matriculó su vehículo del 1 al 10 de enero de 2020; recibirá una factura de impuestos prorrateada a 10 días en el año siguiente 2021.

¿Qué pasa si mi vehículo se vendidó, cedió o fue robado?

El impuesto se mantendrá durante todos los años de matriculación del vehículo. Si su vehículo fue robado, o si se deshizo de él o lo vendió, pero no devolvió inmediatamente las placas al Registro de Vehículos Motorizados y canceló la matrícula, el impuesto se seguirá cobrando hasta que la matrícula se cancele o caduque.

¿Por qué hay un impuesto si me mudè del estado?

Si se muda del estado, debe cancelar su registro y devolver sus placas al Registro de Vehículos Motorizados. En caso contrario, el impuesto y la multa seguirán aplicándose hasta que se cancele o caduque el registro.

¿Cómo puedo ser gravado mi vehiculo por esta ciudad/pueblo por un tiempo en el que no viví allí?

El impuesto se basa en la dirección de registro y no en su dirección de residencia actual en una ciudad o pueblo. Si se mudó a otra ciudad o pueblo pero no notificó el cambio de domicilio al Registro, el impuesto seguirá siendo cobrado por la ciudad o pueblo que figure en la matrícula del vehículo aunque ya no viva allí.

Nunca recibí una factura, así que ¿por qué tengo que pagar el impuesto?

No se le eximirá de pagar el impuesto o la multa por no haber recibido la factura del impuesto. Al matricular un vehículo motorizado se le notifica que se le cobrará un impuesto. Si no recibe la factura correspondiente al ejercicio fiscal, tiene la obligación de informarse en la oficina de recaudación de impuestos. “El hecho de que el recaudador de impuestos no envíe o el contribuyente no reciba una factura no lo eximirá el pago del impuesto ni afectará la validez de cualquier procedimiento para su recaudación.11 Leyes Generales de Rhode Island §44-34-3(e).

Pude matricular mi vehículo, así que ¿cómo es posible que aún deba pagar este impuesto?

Si bien la ley estatal prohíbe que se matricule un vehículo con impuestos pendientes, el Registro de Vehículos Motorizados no puede identificar y cotejar a todas las personas que adeudan dichos impuestos. No es infrecuente que las personas que deben impuestos de vehículos motorizados puedan registrar un vehículo. El hecho de haber podido matricular un vehículo con deuda del impuesto no es prueba de pago del mismo.

AVISO: Las preguntas frecuentes anteriores sólo pretenden proporcionar información general sobre los impuestos especiales de vehículos de motor. Esta información no constituye asesoramiento jurídico y no debe considerarse como tal. Debe consultar a su propio abogado sobre su situación particular.

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